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Seguro para pymes: Protección total | Scotiabank Perú
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¿Qué ventajas me ofrece el Seguro de Protección Total?

Hasta 3 direcciones cubiertas

Hasta S/ 300,000 soles de cobertura

Una sola firma y tu negocio esta asegurado

Cobertura por muerte accidental

Renta Hospitalaria
- Protege tu negocio en caso de incendio, vandalismo, huelga o terremoto, así como tu salud en caso de accidente o enfermedad.
- A sola firma
- Cubre hasta 3 locales de tu negocio
Información General
Chubb Compañía de Seguros y Reaseguros y GEA
Razón social: CHUBB PERU S A COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
RUC: 20390625007

Comunícate con tu Funcionario de Negocios Pequeña Empresa llamando al 311-8010 (Lima y Provincias) o acércate a cualquiera de nuestras agencias
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TCEA máxima referencial calculada considerando la TEA máxima de 39.00% para una disposición de S/ 30,000 a 12 meses, el cliente pagara cuotas de S/ 2,994.99. Incluye el total de intereses de S/ 5,775.37, Seguro de Desgravamen mensual de 0.0790%; para una línea de crédito capital de trabajo. Penalidades por pago tardío de 1 a 2 días; S/ 50, de 3 a 4 días; S/ 80, de 5 a 8 días; S/100 y de 9 días a más; S/ 120. ITF 0.005%. Para mayor información sobre tasas, comisiones, gastos y demás condiciones, consulte el tarifario en la red de agencias Scotiabank o en www.scotiabank.com.pe . Información brindada de conformidad con la Ley 28587, sus modificaciones y reglamento correspondiente. Toda referencia a Scotiabank se refiere a Scotiabank del Peru S.A.A ®Marca registrada de The Bank of Nova Scotia.
(*)Seguro de Protección Total: Seguro que protege a tu empresa o negocio en caso de incendio, vandalismo, huelga, terremoto y demás desastres naturales. Además cubre los bienes y el contenido del comercio y de la industria, así como maquinarias y existencias, mencionados en la declaración jurada. Póliza Código SBS N° RG2030100133. Principales coberturas: Las pérdidas o daños causados por alguna de los siguientes siniestros: Incendio y/o Rayo, Explosión, Terremoto, maremoto, temblor, erupción volcánica, y demás riesgos de la naturaleza, Huelga, motín, conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y terrorismo; en todo lo que no esté excluido, la suma asegurada es igual al monto de la línea de crédito y/o préstamo de capital de trabajo (máximo hasta S/300,000.00 o US$ 100,000.00). Hasta S/ 1,500.00 al año para la atención de urgencias (enfermedad y accidentes) en las clínicas, hospitales o centros de salud de la Red Médica de GEA, máximo 2 eventos al año por enfermedad e ilimitado en caso de accidentes. Cobertura al 100% de ambulancia, máximo 2 eventos al año, en caso la atención lo amerite. Muerte Accidental hasta S/ 100,000.00; Renta Hospitalaria por Accidente (Máximo 15 días al año - 1 evento al año) S/ 100.00 diarios (Aplica solo para Plan 1); Renta Hospitalaria por Enfermedad (Máximo 15 días al año - 1 evento al año) S/ 90.00 diarios (Aplica solo para Plan 1); Gastos Extras admitidos hasta el 10% del monto indemnizable por daños materiales, con un máximo de US$ 3,000.00 o su equivalente en soles. Bienes excluidos : Inmuebles y/o terrenos, embarcaciones, vehículos, dinero en efectivo, explosivos, fuegos artificiales o bienes que los contengan, langostineras, sembríos, plantaciones, animales vivos, desmotadoras, combustibles, derivados del petróleo, alhajas, pieles, cuadros, pinturas, estatuas, colecciones y en general los muebles y/u objetos que tengan especial valor artístico, científico o histórico, la mercadería que el asegurado conserve bajo contrato de depósito o en comisión o en consignación, reciclaje, maderera, fabricas (plásticos, colchones, cartón, producto pirotécnicos). Deducibles: Incendio y/o Rayo, Explosión: Valor asegurado de los bienes (i) entre S/ 30,000.00 a S/ 60,000.00, deducible: 10% del siniestro, mínimo S/ 900.00 (*); (ii) entre S/ 60,001.00 a S/ 100,000.00, deducible: 10% del siniestro, mínimo S/ 2,250.00 (*); (iii) entre S/ 100,001.00 a S/ 150,000.00, deducible: 10% del siniestro mínimo S/ 3,600.00 (*); (iv) entre S/ 150,001.00 a S/ 300,000.00, deducible: 20% del siniestro, mínimo S/ 5,000.00 (*); (v) Terrorismo y Riesgos Políticos: 10% del monto indemnizable, mínimo S/ 3,500.00 (*). Terremoto, maremoto, temblor, erupción volcánica y demás y riesgos de la Naturaleza: 1% de la suma asegurada del bien, mínimo S/ 3,000.00 (*). Para créditos mayores a S/ 150,000.00: 1% de la suma asegurada del bien, mínimo S/ 5,000.00 (*). (*) O su equivalente en moneda extranjera a la tasa de cambio de la fecha de ocurrido el siniestro. Las coberturas, condiciones y procedimientos aquí descritos están sujetos a las condiciones generales de la póliza. La información aquí contenida es parcial e informativa. La cobertura de los seguros es responsabilidad de Chubb Seguros Perú S.A., empresa distinta a Scotiabank. Para mayor información puedes comunicarte con Chubb Seguros Perú S.A. al teléfono 399-1212; enviar una carta o acercarse a la oficina principal ubicada en Calle Amador Merino Reyna N°267, of.402. San Isidro, Lima en el horario de atención de lunes a jueves de 9:00 am a 6:00 pm y viernes de 9:00 am a 4:45 pm, o escribir al correo electrónico atencion.seguros@chubb.com. Para mayor información sobre el producto, puede remitirse a www.chubb.com.pe